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Título VII: Disposiciones Varias
Artículo 64: Los Grupos Scouts podrán presentar Proyectos o celebrar contratos de Servicios o Comerciales, con entidades oficiales, privadas o personas naturales de carácter Nacional o Internacional, si éste posee Registro Mercantil, con lo que Artículo 65: Todo Grupo Scout que tenga registro mercantil deberá enviar anualmente en el mes de Abril, certificado de Cámara y Comercio con menos de (30) días de expedido al comité Scout Provincial o al Comité Scout Nacional si depende de este. Título VIII: Asesoría Religiosa:
Artículo 66: La orientación religiosa estará confiada a los Capellanes Scouts que pertenecen a
Parágrafo:
Título IX: Capital Social y Finanzas:
Artículo 67: El patrimonio del Grupo Scout Cauca Yako 905 Río Cauca lo constituye las cuotas de sostenimiento, los bienes muebles e inmuebles, intendencia, elementos míticos, fondos de ahorros, donaciones, todo aquel elemento que consigan las diferentes ramas y las unidades o divisiones de las ramas, aquello que se consiga o se produzca durante su funcionamiento del grupo, debido a que es un bien común y por ende es de todos.
Artículo 68: La adquisición de fondos y elementos básicos para el funcionamiento del grupo, al igual que su administración es neta función del Comité de grupo, en cabeza de
Artículo 69: Los gastos deberán ser soportados o respaldados por recibos o comprobantes legales.
Título X: Derechos y Deberes.
Capitulo I: Derechos.
Artículo 70: Son derechos de los Scouts.
a. Recibir Buen trato y respeto por parte de toda la comunidad scout.
b. Participar de las actividades creadas en cada sección educativa, grupo, distrito, región, nación u oficinas interamericana o mundial.
c. Recibir una adecuada formación como scout y persona.
d. Recibir sus investiduras, insignias y condecoraciones de acuerdo con el plan de adelanto, reglamento de grupo y/o reglamentos de la asociación (CORPA).
Artículo 71: Son derechos del recurso adulto.
a. Recibir Buen trato y respeto por parte de toda la comunidad scout.
b. Recibir completa capacitación Scout.
c. Recibir reconocimiento a nivel de todos los estamentos de
Artículo 72: Son derechos de los padres de Flia.
a. Recibir Buen trato y respeto por parte de toda la comunidad scout.
b. Ser informado de toda actividad scout que se programe, al igual que del progreso de su hijo.
Capitulo II: Deberes
Artículo 73: Son deberes de los Scouts.
a. Cumplir con los programas y horarios para cada una de las actividades.
b. Portar correctamente el uniforme Scout.
c. Cumplir con la promesa y la ley Scout.
d. Velar por el buen nombre del grupo, de
e. Respetar de palabra y de acción a todos los miembros del grupo, de
f. Acatar las órdenes impartidas por los jefes, consejeros y padres de familia que tienen vínculo con el grupo scout.
Artículo 74: Son deberes del recurso adulto.
a. Cumplir programas y horarios establecidos.
b. No Abusar de su Autoridad.
c. Dar buen ejemplo a la comunidad.
d. Adquirir capacitación scout (Formal e Informal)
e. Velar por la correcta formación scout.
f. Respetar a toda la comunidad scout en todo nivel.
g. Velar por el buen nombre del grupo, Asociación y Movimiento Scout.
h. Respetar los conductos regulares existentes en el grupo, distrito, provincia y/o nación.
i. Avisar cualquier actividad Scout que se realice con un mínimo de 15 días de anticipación, así aparezca en el cronograma de actividades y ciclo de programa.
Artículo 75: Son deberes de los padres de Flia.
a. Estar pendientes del progreso de los muchachos y de las actividades Scouts.
b. Participar de las actividades que se programen.
c. Estar a Paz y Salvo con el Grupo, región y nación.
d. Respetar a todos los miembros de la comunidad Scout.
e. Comunicar toda duda, anomalía o inconformidad que se tenga hacia las actividades o proceder de cualquier miembro de la comunidad Scout.
Título XI: Premios y/o Reconocimientos.
Capítulo I: Premios y/o Reconocimientos para los Jóvenes.
Artículo 76: Los Premios y/o Reconocimientos para los Scouts son:
a. Insignias de adelanto.
b. Diplomas y/o certificados
c. Condecoraciones Grupales, Provinciales y/o Nacionales.
Capítulo II: Premios y/o Reconocimientos para los Adultos.
Artículo 77: Los Premios y/o Reconocimientos para el recurso adulto son:
a. Certificados de Adiestramiento Scout. (Insignia de Madera).
b. Agradecimientos por parte del grupo, distrito, provincia y nación.
c. Condecoraciones grupo, provincia y nación.
El anterior Reglamento Interno de Convivencia (R.I.C.) consta de XI títulos y 77 artículos y presenta todos los puntos necesarios para el buen funcionamiento y convivencia del Grupo Scout Cauca Yako 905 “Río Cauca” adscrito ante
Comuníquese y cúmplase.
Sc. ALFONSO AYERBE LONDOÑO I.M. JEFE DE GRUPO CARNÉ SCOUT 20070164 Dado en Santiago de Cali a los 13 días del mes de Enero de 1997.
Reforma Primera a los 13 días del mes de Septiembre del 2003.
Reforma Segunda a los 18 días del mes de Enero de 2004.
Reforma Tercera a los 14 días del mes de Marzo de 2005.
Reforma Cuarta a los 15 días del mes de Junio de 2005.
Reforma Quinta a los 27 días del mes de Julio de 2005.
Reforma Sexta a 1 día del mes de Diciembre de 2005.
Reforma Séptima a 7 días del mes de Agosto de 2007.
Reforma Octava a 4 días del mes de Septiembre de 2007. |
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